Corte Suprema de España condena a 15 años a “manada de lobos”

La Corte Suprema de España dictaminó que un ataque a una mujer adolescente fue una violación en grupo, en lugar de un veredicto anterior de “abuso sexual”.

Los cinco hombres, conocidos como la «manada de lobos», recibieron originalmente nueve años de cárcel cuando fueron absueltos de violación.

Pero los fiscales apelaron a la Corte Suprema para mejorar la condena y los jueces aumentaron sus sentencias a 15 años.

El ataque llevó a España a anunciar una revisión de sus leyes de violación.

Los cinco habían estado en libertad provisional desde el año pasado en espera de la decisión de la Corte Suprema. Los fiscales habían pedido que sus penas de prisión se duplicaran a 18 años.

Los informes dicen que al menos dos de los hombres fueron detenidos después de que el veredicto y las órdenes de detención fueron emitidas para el resto.

El tribunal dictaminó con firmeza que los cinco habían llevado a cabo el ataque en «un escenario realmente intimidante».

Bajo la ley actual de violación, el uso de la intimidación es clave para una condena por violación.

En julio de 2016, cuando la ciudad de Pamplona celebraba su tradicional festival de toros de San Fermín, la mujer de 18 años fue arrastrada al pasillo de un edificio residencial.

Los cinco hombres se quitaron la ropa y tuvieron relaciones sexuales sin protección con ella.

Algunos de ellos lo filmaron en sus teléfonos. El teléfono de la mujer también fue robado y, según los informes, la encontraron en un estado de angustia.

Enviaron el video a su grupo de chat de WhatsApp, llamado «La manada» (la manada de lobos), y desde entonces el video se ha convertido en algo central para la pregunta de si violaron a la mujer o abusaron sexualmente de ella.

Un informe policial dijo que había mantenido los ojos cerrados en todo momento, mostrando una expresión «pasiva o neutral» en todo momento.

En abril de 2018, un tribunal de Navarra encarceló a los hombres durante nueve años por abuso sexual, pero los absolvió del grave cargo de agresión sexual, el equivalente a una violación según la legislación española vigente.

El fallo se basó en una decisión de que la mujer no había sufrido violencia o intimidación, sino que había sido objeto de abusos.

Dos meses después, el mismo tribunal regional ordenó la liberación provisional de los hombres en espera de la apelación, ya que no se consideraron un riesgo de fuga.

El veredicto provocó manifestaciones generalizadas de grupos de derechos humanos y políticos que no creían que un asalto sexual prolongado que involucrara relaciones sexuales de cinco hombres pudiera ser otra cosa, sino violación.

Sin embargo, el Tribunal Supremo de Navarra confirmó esa condena, y estuvo de acuerdo en que no había habido agresión sexual.

Decidieron que la mujer no había dado su consentimiento al sexo y que los hombres habían usado su posición indebida de superioridad para llevar a cabo el abuso sexual.

Las circunstancias, encontró, se habían agravado por la acción conjunta de dos o más personas.

La víctima, según el tribunal, había adoptado un enfoque sumiso ante la angustia y el estrés intenso de ser forzada a un lugar estrecho y oculto sin medios de escape.

Los fiscales le pidieron a la corte que actualice la condena por agresión sexual, argumentando que los «hechos probados constituyen un delito continuo de violación» porque se utilizó «suficiente fuerza intimidatoria» contra la víctima.

«No se puede exigir a las víctimas una posición peligrosamente heroica», dijo la fiscal Isabel Rodríguez.

Los abogados defensores buscaron la absolución de los hombres y discutieron el viernes que no hubo ningún tipo de intimidación y que la mujer sólo se había quejado de un asalto cuando descubrió que su teléfono móvil había sido tomado.

El caso impulsó al primer ministro español, Pedro Sánchez, a considerar una reforma de las leyes de violación sexual en España.

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